¿Qué reparaciones debe hacer un arrendador y en qué tiempo?
Mayo 27 de 2021Es una pregunta que muchos inquilinos se hacen y que está explícita en la ley pero que muchos propietarios no cumplen.
Las reparaciones que debe hacer el arrendador son las que el código civil denomina como "necesarias" pero que al explicarlas no son otras diferentes a la orientadas a mantener y conservar el bien arrendado.
Estas reparaciones deben ser realizadas por el arrendador por que el daño no supone una intervención del inquilino en tal sentido y para cumplir con la obligación de mantener el inmueble en buen estado para el fin convenido deben ser reparadas en tiempo.
¿Qué de bebe reparar el arrendador?
La ley es clara al decir que el dueño del inmueble debe hacerse cargo de los daños producidos por el desgates natural, este debe mantener la propiedad en buen estado para que el arrendatario lo pueda utilizar.
¿Qué reparación?
- El propietario debe hacerse cargo de las siguientes reparaciones:
Daños que se producen por el desgaste en los materiales, por ejemplo: tuberías, cañerías, marquesina, rejas otros.
- Humedades, goteras, filtraciones de agua, entre otros.
En caso que el propietario no pueda hacerlas
Puede que el dueño del inmueble no tenga tiempo para realizarlas o que sea una persona de la tercera edad con problemas de salud, la ley faculta al inquilino para que haga las reparaciones urgentes y necesarias que no hayan sido causadas por el inquilino. Estos cobros se pueden efectuar mensualmente y que no superen el 30 por ciento del valor de canon y hasta cubrir el costo de las reparaciones.
¿En qué tiempo se debe realizar?
Aún cuando la ley no indica el tiempo para realizaras, es claro que estas reparaciones se deben hacer en el menor tiempo posible con el fin de no causar daños al inquilino y, que pueda llevar a los demás de dar por terminado el contrato de arrendamiento con justa causa, a perseguir unas indemnizaciones por los perjuicios experimentados. Recuerda que por ley, el arrendador deberá mantener el inmueble en condiciones óptimas para que el arrendatario pueda habitarlo o explotarlo económicamente cuando su destinación es comercial.
Hacer un inventario
Usted como dueño de bien inmueble, antes de arrendarlo deberá hacer un inventario detallado en donde quede por escrito funcionamiento de cada servicio (agua, luz y gas), de elementos que integran la propiedad, incluso si viene amoblado o con alfombra, y en lo posible tomar un registro fotográfico o fílmico de toda la vivienda.
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